La Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías resolvió que corresponde elevar a juicio la causa que se le sigue a un hombre por tentativa de homicidio agravado por el vínculo y por mediar violencia de género, privación ilegal de la libertad agravada y daño, en contra de su ex pareja.
Según la investigación realizada por la Fiscal Natalia Ramos, titular de la UFIJ N.º 6 de Tres Arroyos, el día 6 de enero de 2021, en el interior de una vivienda ubicada en esa localidad, el hombre, aprovechando la relación desigual de poder y la vulnerabilidad de la víctima, y en circunstancias que evidencian violencia de género, encerró a su pareja, privándola de su libertad, cerrando con llave la puerta de la entrada de la vivienda y retirando la misma, reteniéndola contra su voluntad en el lugar por la fuerza, y forcejeando con ella ocasionó la rotura de su celular, para luego referirle “te voy a matar”, empujó a la mujer, la agarró del cuello y la tiró contra un sillón, tomó un cuchillo y le propinó puñaladas en el cuello en múltiples oportunidades, provocándole varias lesiones en distintas partes del cuerpo.
La defensa del hombre, profesor de artes marciales, se quejó por la calificación aduciendo que si él hubiera querido matarla, lo hubiera hecho pero desistió de manera voluntaria de tal acción, por lo que solicitó que el hecho sea considerado como lesiones leves agravadas por el vínculo.
En ese sentido la Cámara expresó en el fallo que, “se encuentra prima facie acreditado que la acción del imputado de asestarle puñaladas en el cuello estuvo dirigida a acabar con su vida, por lo cual no puede afirmarse que aún cuando no consiguió el resultado que quería, podría haber realizado una nueva acción que en definitiva no ejecutó porque fue calmado. Con ello negar el dolo homicida o hablar de desistimiento voluntario suena absurdo”.
“Partiendo de las agresiones previas, que contextualizan la escalada de violencia, llegando al medio empleado idóneo para causar lesiones – arma blanca- en una zona vital del cuerpo -cuello- donde se dirigieron los puntazos, y las expresiones vertidas por el imputado, no demuestran otra cosa que su propósito era de ‘querer matarla’”.
“Considero entonces, que el imputado hizo todo lo necesario para matar y que ello no sucedió por las defensas opuestas por la víctima, quien en todo momento repelió el constante ataque del imputado”, afirman los Dres. Pablo Soumolou y Gustavo Barbieri en el fallo.