Luego de que un jurado popular declarara culpable a Sebastián Calvo por homicidio mediando circunstancias extraordinarias de atenuación respecto de su ex pareja Natalí Rodríguez, el juez técnico Dr. Eduardo d´Empaire lo condenó a la pena de 23 años de prisión.
El monto impuesto fue acorde a lo solicitado por el fiscal Jorge Viego quien se vio limitado por la decisión a la que había arribado el jurado popular, a pesar de que la fiscalía entendía que se trataba de un homicidio agravado por el vínculo y por ser cometido por un hombre en contra de una mujer mediando violencia de género.
Además, en su resolución el juez ordenó comunicar el fallo a los representantes legales de las hijas de la víctima en el marco de la “Ley Brisa” la cual reconoce el derecho a los menores de 21 años -cuya madre, padre, progenitor, progenitora o afín- murió a causa de violencia de género o de violencia dentro de la familia, a recibir una reparación económica y cobertura de salud.
El hecho se produjo el 15 de marzo de 2022 en el interior de la vivienda ubicada en calle Mitre al 400 de Oriente donde Calvo – ex pareja de la víctima- le causó la muerte a la mujer al estrangularla de manera violenta por compresión directa.