Tras la apelación formulada por la Fiscal Marina Lara, titular de la UFIJ N° 14, la Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías decidió que se condene a un hombre acusado de abuso sexual simple ocurrido en Tornquist, quien había sido absuelto tras un fallo del Juzgado Correccional N° 3.
Según los hechos “en fecha no precisada con exactitud, pero ubicada entre el mes de septiembre de 2018 y el 15 de diciembre de 2018, en el patio del domicilio ubicado en Rosa de Tornquist al 100 de Tornquist, un hombre le efectuó un tocamiento en el seno por arriba de la ropa a una mujer en contra de su voluntad”.
El Dr Guillermo Emir Rodríguez dijo en el fallo “En mi opinión, el testimonio brindado por la mujer no admite dudas en cuanto al obrar voluntario del imputado, lo que puede predicarse si se tiene en cuenta que la víctima dijo que al escucharlo se incorpora de espaldas, y al darse vuelta el imputado la tocó con la mano. Y ese tocamiento, una vez que la víctima estaba erguida, fue direccionado al pecho de la mujer, lo que motivó su reacción inmediata, pues empujó al imputado y le gritó todo tipo de cosas, circunstancias estas que, analizadas en su conjunto, demuestran que el hombre tuvo la voluntad de concretar el acto, a la par que denotan que no existió consentimiento por parte de la víctima.”
Por eso y el resto de los testimonios recolectados en la causa, el Juez Rodríguez afirmó que se encuentra acreditada “ la materialidad ilícita y la autoría y penal responsabilidad del acusado, razón por la cual corresponde revocar el veredicto absolutorio dictado en su favor, y en consecuencia condenar al nombrado como autor penalmente responsable del hecho calificado como abuso simple, en los términos del art. 119 primer párrafo del Código Penal; debiendo remitirse los autos a la instancia de origen, a fin de que -con el objeto de salvaguardar la doble instancia- se dé tratamiento al pedido de pena formulado por el Ministerio Público Fiscal”.